Una de las tareas más importantes que tienes que realizar como autónomo es la correcta gestión de los trámites administrativos relacionados con tu actividad; entre ellas, mantener actualizados tus datos bancarios ante la Seguridad Social es crucial, especialmente para asegurar que realizas correctamente el pago de la cuota mensual.
Un cambio de cuenta bancaria, una comisión inesperada o simplemente la búsqueda de una entidad con mejores condiciones pueden hacer necesario modificar la domiciliación de tus recibos, un proceso que debes realizar correctamente para evitar posibles impagos y sus consecuencias.
Afortunadamente, hoy día este cambio se puede hacer de forma rápida y completamente online sin necesidad de desplazamientos. En este artículo, te explicamos en detalle el método más directo: utilizar la sede electrónica de la Seguridad Social con tu certificado digital o Cl@ve.
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Descúbrelo¿Es posible hacer un cambio de domiciliación de los recibos siendo autónomo?
Sí, por supuesto. El pago de la cuota mensual de autónomos es de obligado cumplimiento y, por eso, la propia Seguridad Social facilita distintos medios para actualizar los datos de domiciliación si, por el motivo que sea, necesitas cambiar de banco: puedes hacer el cambio desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social y la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, pero también de forma presencial en cualquier oficina de la Seguridad Social y de forma telefónica.
Además, puedes comprobar en cualquier momento los datos actuales que están en poder de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a través de la Sede Electrónica o del portal Importass para asegurarte de que son correctos y están actualizados, para que puedas seguir desarrollando tu actividad profesional sin problemas (ni sanciones pecuniarias).
¿Cuándo se puede realizar un cambio de domiciliación?
Ojo, si quieres hacer un cambio en la domiciliación de tu cuota de autónomos, debes realizar la gestión antes del día 14 para que la notificación sea efectiva en el mes en curso. Es decir, que si vas a cambiar la domiciliación bancaria a partir de junio, tienes hasta el día 13 de junio para completar el proceso.
Este límite se adelanta al día 10 de cada mes en el caso de trabajadores pertenecientes al Sistema Especial para Empleados de Hogar.
Recuerda que es aconsejable mantener la cuenta bancaria antigua activa y con saldo hasta que estés seguro de que el cambio se ha realizado correctamente, para evitar que por algún error la cuota se quede sin pagar y te cause problemas.
Además, te recomendamos comprobar que el nuevo banco es una entidad colaboradora con la Seguridad Social para asegurarte de que todo va a funcionar correctamente.
¿Cuáles son los requisitos para el cambio de domiciliación?
Lo único que vas a necesitar para hacer efectivo el cambio de domiciliación de forma online es un certificado digital en vigor, estar de alta en el sistema Cl@ve o un DNIe. Luego solo tienes que buscar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en Importass el apartado correspondiente e introducir el nuevo número de cuenta. Tan simple como eso.
Cómo realizar el cambio de domiciliación paso a paso
Si necesitas hacer un cambio en tu domiciliación de autónomos, lo más rápido y sencillo es hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o de Importass. Te contamos cómo hacerlo paso a paso en la guía que encontrarás a continuación.
Recuerda que, si también necesitas cambiar la cuenta bancaria desde la que realizas los pagos a la Agencia Tributaria, tendrás que repetir el trámite en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. |
Paso 1: accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social

Busca la web oficial de la Seguridad Social en Google. A continuación, busca el enlace a la Sede Electrónica (arriba, a la derecha).
Paso 2: introduce tus credenciales

Tienes distintas formas de identificación disponibles:
- Mediante Cl@ve Permanente: si aún no la tienes, puedes aprovechar para registrarte y activar esa opción para futuros trámites.
- Certificado Digital: es la opción de acceso más segura.
Paso 3: busca el apartado de Empresas

Una vez dentro de tu cuenta de la Sede Electrónica, mira arriba del todo y haz clic sobre Empresas para desplegar el menú; a continuación, selecciona Afiliación, Inscripción y Modificaciones.
Paso 4: busca la sección de modificación de los datos del autónomo

A continuación, aparecerá una lista de opciones. Baja hasta que encuentres Modificación de actividad autónomo. En el menú desplegable haz clic en Solicitar modificación en trabajo autónomo en Importass.
Según indica la Seguridad Social, este servicio permite corregir la actividad anotada erróneamente en el alta en el RETA y modificarla con posterioridad.
También podemos llegar hasta aquí accediendo a través del portal Importass. Para ello, solo hay que entrar al portal con el sistema de identificación, hacer clic en Altas, bajas y modificaciones y buscar Modificación de datos de trabajo autónomo. Al final, vamos a acabar en la misma página web independientemente del camino elegido.
Paso 5: solicita la modificación

En este paso solamente tienes que tocar el botón Solicitar modificación. Si actúas como apoderado, haz clic en el otro, claro. Es posible que tengas que volver a introducir tus datos de identificación.
Paso 6: busca el apartado de domiciliación bancaria

Dentro de tu perfil del portal Importass hay seis secciones principales. Baja hasta la última, que es la correspondiente a la domiciliación bancaria, y haz clic en Modificar.
Paso 7: introduce los datos

Ahora solo te queda introducir la nueva cuenta bancaria, debiendo poner los 24 caracteres (incluyendo ES y sin espacios). También deberás indicar si eres el titular de la cuenta o no. Por último, haz clic en el botón Continuar y confirma el cambio de domiciliación de tu cuota de autónomos en la siguiente pantalla.
Paso 8: Deja que la Seguridad Social te pase los cargos pertinentes
Si lo has hecho todo bien y has seguido esta guía al pie de la letra, en el portal Importass ya debería aparecer tu nueva cuenta bancaria en la que se pasarán los cargos a partir del mes siguiente o del mes en curso. Y no te preocupes, porque, si domicilias tu cuota de autónomos, a la Seguridad Social no se le olvidará ni un mes cobrarte debidamente.
¿Cómo notificar el cambio de domiciliación?
Si realizas todo el proceso por internet, no es necesario que envíes ninguna notificación adicional. Todos los datos se quedan guardados automáticamente en Importass. Los servicios de este portal (que está activo desde 2021) se han diseñado de forma que no sea necesario que conozcas previamente la legislación ni los pasos administrativos relacionados, por lo que los trámites se han simplificado al máximo.
¿Cómo impacta el cambio de domiciliación en las gestiones de los autónomos?
El único impacto que el cambio de domiciliación tiene sobre tus gestiones como autónomo es la necesidad de informar tanto a la Seguridad Social como la Agencia Tributaria del nuevo número de cuenta bancaria, para que tanto los recibos de cuotas de autónomos como el pago de los impuestos se emitan y cobren de forma correcta.
Además, existen excelentes aliados para ayudarte con los pagos recurrentes y otros trámites relativos a la administración del negocio: los software para autónomos. Y, si pueden tenerlo todo, mucho mejor.
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Preguntas frecuentes
¿Qué hacer en caso de cometer un error en el cambio de domiciliación?
Lo primero: cálmate y respira, porque casi todo tiene solución. Y, en este caso, es bien sencilla: vuelve a empezar. Es decir, que solo tienes que volver a seguir los pasos que hemos explicado más arriba. Y, en esta ocasión, asegúrate de que introduces los datos correctamente. Aunque puedas modificar los datos todas las veces que quieras, es preferible no marear a la Seguridad Social innecesariamente.
¿Qué pasa si no se notifica a tiempo el cambio de domiciliación?
Como hemos señalado anteriormente, cualquier cambio en la domiciliación de tu cuota de autónomos se debe notificar a la Seguridad Social antes del día 14 (o del día 10 en el caso de trabajadores pertenecientes al Sistema Especial para Empleados de Hogar) para que los nuevos datos se puedan aplicar durante el mes el curso. Es decir, que deberías avisar con al menos dos semanas de adelanto.
Si no llegas a tiempo, se te pasará el cargo a la antigua cuenta. El problema aparece si dicha cuenta bancaria ya no está activa. En ese caso, recibirás una sanción por impago. La cuantía de esta sanción depende del tiempo que tardes en pagar:
– Pago fuera de plazo abonado dentro del mes siguiente. Recargo del 10% de la cuota más los intereses generados desde el día siguiente al vencimiento del pago.
– Retraso de más de un mes. Recargo del 20% más los intereses de demora acumulados.
– Retraso de tres o más meses. Recargo del 35% de la deuda más los correspondientes intereses.
Recuerda que, al darte de alta como autónomo con los modelos 036 y 037, una de las obligaciones que asumes es pagar la cuota todos los meses. Obviamente, lo más recomendable es domiciliar el pago en tu cuenta bancaria. Y eso al margen de que utilices software especialmente diseñado para autónomos y pymes, como Holded.