Sí, un autónomo puede facturar a otro autónomo, y de hecho, es una práctica habitual entre profesionales y colaboradores independientes. Sin embargo, este tipo de facturación requiere cumplir con ciertas obligaciones fiscales, tanto para quien emite como para quien recibe la factura.
Te explicamos cómo hacer una factura de autónomo a autónomo, qué impuestos se aplican (IVA e IRPF), cómo declararla correctamente en los modelos 130 y 303, y qué tener en cuenta si la operación es internacional o dentro de la Unión Europea.
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Empieza a facturar con Holded¿Qué es una factura entre autónomos?
Una factura entre autónomos es un documento que un profesional por cuenta propia emite a otro autónomo como prueba de una prestación de servicios o entrega de bienes. Aunque ambas partes sean trabajadores independientes, la obligación de emitir factura sigue siendo la misma que si el destinatario fuese una empresa o un particular.
En términos fiscales, estas facturas tienen el mismo tratamiento que cualquier otra factura emitida por un autónomo:
- Deben incluir el IVA, salvo en los casos de exención legal.
- Deben reflejar la retención de IRPF, si el emisor es un profesional sujeto a este impuesto.
- Deben incorporarse en los libros de ingresos (emisor) y gastos (receptor), y declararse trimestralmente.
Este tipo de relaciones son muy comunes en sectores como el marketing, el diseño, la programación, la formación o los servicios técnicos, donde un autónomo subcontrata a otro de forma puntual o recurrente.
Ejemplos comunes: — Un diseñador freelance que factura a un desarrollador web por crear su imagen de marca. — Un asesor fiscal autónomo que presta servicios a otro autónomo del sector jurídico. — Una formadora que subcontrata a un redactor autónomo para preparar materiales. |
Datos obligatorios en una factura entre autónomos
Para que una factura entre autónomos sea válida ante Hacienda, debe contener como mínimo los siguientes elementos:
- Número de factura y serie.
- Fecha de emisión.
- Nombre completo o razón social del emisor y del destinatario.
- NIF del emisor y del receptor.
- Descripción del servicio o producto prestado.
- Base imponible.
- Tipo y cuota de IVA aplicable.
- Tipo y retención de IRPF, si corresponde.
- Importe total de la factura.
Datos opcionales
Además de los datos que debes incluir obligatoriamente en tus facturas entre autónomos, también puedes incluir ciertos datos opcionales, como los siguientes:
- Forma de pago.
- Plazo de vencimiento.
- Número de cuenta o condiciones de cobro.
- Observaciones o condiciones particulares.
¿Debo incluir IVA e IRPF en una factura entre autónomos?
El IVA y el IRPF en las facturas del autónomo suelen generar dudas y controversias, pese a que son tributos de aplicación bastante sencilla, incluso aunque factures a otro profesional por cuenta propia.
Por lo que respecta al IVA, sí, debes incluirlo salvo en el caso de que tu actividad esté exenta, como puede ocurrir con algunos autónomos que se dedican a la educación, la cultura o la sanidad.
En cuanto al IRPF, si eres autónomo no empresario y tu cliente también es autónomo o empresa, debes retener este impuesto en tus facturas. La retención suele ser del 7 % para nuevos autónomos o un 15 % en porcentaje general.
¿Cómo puedo declarar una factura entre autónomos en 2025?
La emisión de una factura entre autónomos no solo implica generar el documento, sino declararlo correctamente en tus obligaciones fiscales. Cada parte, emisor y receptor, debe registrar esa factura en sus respectivos modelos tributarios, dependiendo de si actúa como proveedor (ingresos) o cliente (gastos).
Si eres el autónomo que emite la factura:
- Modelo 303 (IVA): deberás rellenar y presentar este modelo de forma trimestral para declarar el IVA devengado.
- Modelo 130 (IRPF): si has aplicado retención, no incluyes ese importe como ingreso, pero sí deberás reflejarlo.
Si eres el autónomo que recibe la factura:
- Modelo 303 (IVA): puedes deducirte el IVA soportado, siempre que la factura esté correctamente emitida y justifique un gasto afecto a tu actividad.
- Modelo 130 (IRPF): el gasto deducible se reflejará en tu rendimiento neto. Si hay retención, deberás ingresarla en Hacienda en nombre del proveedor.
Facturas entre autónomos en la UE
Si el autónomo al que facturas está en otro país de la Unión Europea debes tener en cuenta ciertos factores y particularidades, como el hecho de que no debes aplicar IVA, pero sí asegurarte de que ambos (emisor y receptor) estáis dados de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Además, debes declarar la operación a través del modelo 349 y reflejar el ingreso en el modelo 303 como operación exenta.
Rellenar y presentar estos modelos correctamente es fundamental para evitar futuros problemas con Hacienda y Holded puede ayudarte a evitar errores y cumplir con tus obligaciones fiscales de forma muy sencilla.
Facturas entre autónomos fuera de la UE
Si vas a realizar una factura entre autónomos y el receptor se encuentra fuera de la UE, la operación se considerará una exportación de servicios y, por tanto, estará exenta de IVA, pero deberás conservar toda la documentación que la justifique (contratos, facturas, comprobantes de pago…).
Recuerda que no tendrás que incluirla en el modelo 349, pero sí debe anotarse en el modelo 303 como operación no sujeta.
Cómo hacer una factura entre autónomos paso a paso
Aunque emitir una factura entre autónomos es un proceso bastante sencillo y directo, es fundamental que esté correctamente redactada y cumpla con los requisitos fiscales para evitar problemas con Hacienda.
- Recoge los datos fiscales de ambas partes: asegúrate de incluir tu nombre o razón social, NIF y dirección, así como los datos del otro autónomo al que facturas.
- Numera la factura correctamente: de forma correlativa y única. Si manejas distintas series (por actividad, cliente o año), deja constancia.
- Especifica la fecha de emisión: indica claramente el día en que emites la factura. Este dato es clave para la presentación de los modelos tributarios trimestrales.
- Describe el servicio prestado o el producto vendido: detalla lo que has realizado, incluyendo fechas, cantidades y unidades si aplica. Sé preciso pero breve.
- Indica la base imponible: es el importe total antes de impuestos.
- Aplica el IVA correspondiente: lo habitual es el 21 %, salvo que tu actividad esté exenta o factures fuera de la UE.
- Aplica la retención de IRPF si procede: si eres profesional, deberás aplicar una retención del 7 % (si llevas menos de 3 años como autónomo) o del 15 % en cualquier otro caso.
- Calcula el total a pagar: base imponible + IVA – IRPF = total.
- Incluye forma y condiciones de pago (opcional, pero recomendable): puedes añadir tu número de cuenta bancaria, plazo de cobro o condiciones especiales.
- Guarda una copia y registra la factura en tus libros de ingresos y utiliza un software de facturación, como Holded, para automatizar el proceso y hacerlo mucho más sencillo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo contratar a un autónomo siendo autónomo?
Sí, un autónomo puede contratar a otro autónomo para la realización de un trabajo puntual o continuo. Esta relación se basa en un acuerdo mercantil, no laboral, lo que implica que no hay contrato laboral ni nómina, sino que el profesional contratado debe emitir factura por sus servicios.
Además, en este caso no hay vínculo de dependencia, horarios fijos ni exclusividad, por lo que es importante que la colaboración esté bien documentada para evitar interpretaciones erróneas por parte de la Inspección de Trabajo.
¿Hay diferencia entre realizar una factura a una empresa que a otro autónomo?
En lo esencial, no. Tanto si facturas a una empresa como a otro autónomo, debes incluir los mismos elementos: datos fiscales, IVA (salvo exención) y retención de IRPF (si eres profesional).
La principal diferencia es que cuando facturas a una empresa, probablemente esa factura forme parte de su contabilidad corporativa, mientras que al facturar a otro autónomo, puede que él también la declare como gasto profesional en su IRPF.
¿Qué ocurre si otro autónomo te factura a ti?
Si otro autónomo te emite una factura debes revisarla para comprobar que es correcta fiscalmente (datos, impuestos, etc.), registrarla en tus libros de gastos y declararla en tus modelos 303 (IVA deducible) y 130 (gasto deducible IRPF) si aplica.
Además, si la factura incluye retención, eres el responsable de ingresar esta cantidad a Hacienda a través del modelo 111 y el resumen anual 190.